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domingo, 10 de noviembre de 2013

Comunicado de la Mesa Permanente Intersectorial de Salud Mental sobre el presupuesto 2014


Habiendo tomado conocimiento del proyecto de presupuesto 2014, enviado por el Poder Ejecutivo de la CABA a la Legislatura de la Ciudad, la Mesa Permanente Intersectorial de Salud Mental advierte que el Programa 85 “de Atención de Salud Mental” no prevé partidas destinadas a desterrar las lógicas manicomiales, omitiendo los programas alternativos a la desinstitucionalización, tales como la creación o transformación de Servicios de Salud Mental en todos los Hospitales Generales, incluyendo camas de internación, casas de convivencia, dispositivos de atención domiciliaria, programas de inclusión social, laboral, familiar y comunitaria, talleres protegidos y/o empresas sociales, hospitales de día, y demás dispositivos, de acuerdo a lo establecido en el marco de la Ley 448 de la CABA y la nueva Ley Nacional Salud Mental 26657; no previstos en el proyecto destinado al año 2014.
A pesar de haber un aumento en dicho presupuesto, el mismo es contradictorio con el desfinanciamiento de los cargos y reducción de las suplencias de guardia, de público conocimiento; además del aumento del mismo, sólo a los monovalentes de Salud Mental, y no así al resto, desconociendo la letra de las leyes.Cabe destacar que además de la asignación de partidas presupuestarias, en el Programa 85 dirigidas a la implementación de los dispositivos necesarios, es indispensable tener en cuenta la necesidad de contar con presupuesto para garantizar un modelo de intervención basado en la Interdisciplina y el reconocimiento del conjunto de los trabajadores de Salud Mental. Para ello es indispensable contar con los RRHH necesarios en todas las áreas involucradas: trabajadores de la Salud Mental, así como de las áreas educativas, sociales y culturales, a fin de que intervengan en los diagnósticos y procesos de tratamiento, rehabilitación y reinserción.En síntesis, una vez más, solicitamos hacer lugar a lo propuesto por esta Mesa para construir los nuevos dispositivos y programas, a partir de las mejores experiencias, y la adecuación de los Hospitales y Centros de Salud al nuevo paradigma. Sin ningún tipo de discriminación laboral ni pérdida de los derechos adquiridos, con el impulso transformador necesario para asumir y protagonizar los cambios señalados.

martes, 24 de septiembre de 2013

Posteo la resolución de la Asamblea del Hospital Gutierrez. 

Apoyamos a los trabajadores en todos sus reclamos y las luchas para combatir la ineficacia, ineficiencia y desidia de las autoridades de su hospital y del Ministerio de Salud de la Ciudad. 

Cuenten con nosotros para continuar con la lucha y la movilización. 

Gustavo Campeni 
Presidente 
Asociación de Profesionales del Hospital Alvear. 


La Asamblea convocada el Lunes 23 por todos los sectores del Hospital resolvió llamar a una conferencia de prensa para el Martes 24 a las 11 horas en Bustamante 1451 por:
 
1)      Hubo pérdida de monóxido de carbono que afectó a 34 personas el día domingo 22 a la madrugada en la Terapia Intensiva Neonatal.
2)      Hoy, lunes 23, se constató una pérdida de gas en Consultorios Externos. La misma se venía denunciando desde hacía más de 2 meses a la Empresa Mejores Hospitales, responsable del mantenimiento del hospital, sin respuesta.
3)      La empresa Meta 4 que lleva adelante la liquidación de haberes tuvo un error en la liquidación por lo cual el Gobierno, con la connivencia de los gremios, nos está descontando a 15.000 profesionales del GCBA entre $1.200 y $2.000 por mes desde hace 3 meses y reclama la devolución de 9 meses retroactivos.
 
La Asamblea  se pronunció por el pedido de estatización de todos los servicios tercerizados del hospital (cocina, mantenimiento, lavadero, liquidación de haberes, etc.). Hasta tanto se estaticen, se exige que el Gobierno de la Ciudad audite y controle a las empresas tercerizadas.
 
La Asamblea votó que el personal de Consultorio Externo no trabaje en ese sector hasta tanto no haya condiciones seguras en cuanto a la pérdida de gas y en cuanto al Plan de Evacuación en caso de que fuera necesario.
 
 
 
 
 
Asociación de Profesionales del Hospital de Niños R. Gutiérrez
Lista Recuperación Gremial conducción de la Filial de AMM
ATE Hospital Gutiérrez y trabajadores de Escalafón
Residentes del Hospital de Niños R. Gutiérrez

lunes, 23 de septiembre de 2013

El último sábado participé de una Radio Abierta en la Plaza Flores, en defensa del Hospital Álvarez. Nuestra lucha fue contra el deterioro creciente de su estructura edilicia. Desde su incendio todavía no se pudo construir la nueva guardia y el hospital perdió camas de internación y recursos para la mejor atención de los pacientes. Fuego accidental, impericia deliberada.
Faltan insumos en el Servicio de Guardia y Cirugía, se desafectaron camas disponibles en el Servicio de Psicopatología, con el consiguiente empeoramiento del funcionamiento de la red de Salud Mental en toda la Ciudad. También se repudió la rebaja salarial, el desfinanciamiento de partidas de cargos en salud y el avasallamiento general sobre el sistema público de salud. 
Como Presidente de la Asociación de Profesionales del Hospital Alvear fui a dar mi respaldo a la iniciativa de la Radio Abierta nutrida por la presencia de profesionales del Hospital, vecinos, pacientes y dirigentes de Asociaciones de Profesionales y Sindicales. 

Saludos a todos, la lucha sigue. 

Gustavo Campeni. 

sábado, 14 de septiembre de 2013

La cautelar.

Posteo nuevamente el texto de la medida cautelar dictada a mi favor el miércoles 04 de Septiembre. La medida obliga al GCABA a retrotraer el salario a Mayo de 2013, antes que iniciaran los arbitrarios descuentos generados por la empresa Meta-4, quien liquida los sueldos municipales . 

A mi entender, es un paso importante en la lucha contra las arbitrariedades causadas por el Ministerio de Salud porteño, en alianza con el gremio que supuestamente debería defendernos: la Asociación de Médicos Municipales. En algún momento la cúpula de la AMM va a tener que dar la cara y explicar la desastrosa gestión a los médicos de la Ciudad. Los dirigentes actuales van a quedar en la historia como los socios del Jefe de Gobierno en el desguace de la Salud Publica.  

En la cautelar el Gobierno de la Ciudad es obligado judicialmente a devolver lo descontado en los meses de Mayo, Junio y Julio, y a dejar sin efecto los descuentos de ahora en adelante. Sabemos que apelaran y la discusión la seguiremos dando, en la Justicia y en la calle.  

Hasta ahora, sólo ha habido 3 amparos resueltos de la misma manera: el de Olga Yedaide (del Htal. Durand ), el de Eva Rearte (del Htal. Penna) y el mio. La naturaleza del Amparo es universalizable. Por ello, si beneficia a uno, beneficia a todos.  


Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de 2013

"CAMPENI GUSTAVO LUIS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO" EXP. Nº A64213-2013/0


Ciudad de Buenos Aires, 4 de septiembre de 2013.

VISTO Y CONSIDERANDO: 
I. El actor inicia la presente acción de amparo a fin de que se ordene al GCBA -entre otras cuestiones- que se abstenga "de descontar cualquier suma de dinero proveniente del salario que se me abona con pretexto en los errores de interpretación y aplicación de las actas paritarias Nº 54 y 60". 
Relata que por las Actas Paritarias citadas se acordó unificar los rubros "Adicional por Grado" y "Asignación Mensual Primar" en el rubro "Total Básico Mensual". 
Aduce que al hacerse efectiva esta unificación, vio su salario disminuido, pues el cobraba por cada uno de los rubros la suma de .500,91 y .355,02 (lo que totaliza .855,93) y luego pasó a cobrar .555,93.
En ese contexto, solicita el dictado de una medida cautelar que disponga el cese de esta conducta, hasta tanto se dicte sentencia definitiva. 
II. Tal como sostiene el Prof. García de Enterría ("La Batalla por las Medidas Cautelares", Civitas, Madrid, 1992), la tutela cautelar debe aplicarse siempre que exista riego de frustración de la tutela final, ya que constituye un verdadero soporte sobre el cual se afinca el derecho a la jurisdicción. 
En el ámbito específico del amparo el derecho a la tutela judicial rápida y expedita, lleva ínsito el derecho a la protección cautelar como modo de asegurar el resultado práctico de la sentencia de mérito. La plena efectividad del amparo debe vincularse a un sistema cautelar respaldatorio que proteja con inmediatez (o sea desde el inicio del proceso hasta el dictado de la decisión final) la integridad del derecho cuyo restablecimiento se demanda.
III. Ello asentado, es dable recordar que el dictado de medidas precautorias no exige un examen de certeza sobre la existencia del derecho pretendido, sino sólo su verosimilitud; aún más, el juicio de verdad en esta materia se encuentra en oposición a la finalidad del instituto cautelar, que no es otra cosa que atender a aquello que no excede el marco de lo hipotético, dentro del cual agota su virtualidad (CSJN doc. Fallos 396:2060 y causa O.148.XXV "Obra Social de Docentes Particulares c/ Provincia de Córdoba s/ Inconstitucionalidad", del 15/2/94). 
Si mediante el dictado de una medida cautelar, no se afecta un servicio público, ni la acción estatal, ni el interés público, cabe proceder con amplitud de criterio en la procedencia de esa medida, pues resulta preferible el exceso en acordarla que la estrictez o parquedad en negarla, dado que existe en el caso menor perjuicio en otorgarla que en no hacerlo (conf. doctrina sentada por la C.N. Cont. Adm. Fed., Sala I, in re "Procacini c/ E.N.", del 28/4/98, entre otros).
Por lo demás, los requisitos de procedencia de las cautelares del tipo de la aquí solicitada aparecen de tal modo entrelazados que a mayor verosimilitud del derecho cabe no ser tan exigente con la gravedad e inminencia del daño y viceversa, cuando existe el riesgo de un daño de extrema gravedad e irreparabilidad, el rigor acerca del "fumus bonis iuris" se puede atenuar (Cam. Nac. Cont. Adm. Fed., Sala II in re "Continental Illinois National Bank and Trust Company of Chicago c/ BCRA s/ Nulidad" del 9/4/92; "Pinzón, Jorge c/ CSJN", del 17/3/97, Suplemento de Jurisprudencia de Derecho Administrativo, LL de febrero de 1998, pag. 60).
IV. Ahora bien, en el caso de autos basta confrontar los recibos de haberes presentados para advertir la diferencia que reclama el accionante. Asimismo, no puede soslayarse que ella no guardaría relación con los otros rubros individualizados como "Sum.Rem. Acta 59/12" (0), "Adic.Rem.Acta 60/12" (00) y "Suma Fija CPH/Resid" (00), pues ellos figuran aún en los recibos de sueldo anteriores al cambio que origina la presente. 
Por otro lado, el Acta Paritaria nº 65 dispone la unificación de los rubros (art. A.4.2) pero en un contexto cuyo objetivo es obtener la "recomposición salarial" (fs. 92) de los profesionales de la salud, por lo cual su implementación práctica no debería bajo ningún punto de vista ir en desmedro de sus salarios. 
De tal suerte, considero que el derecho esgrimido por el accionante resulta verosímil, cuanto menos en esta etapa liminar del proceso. 
V. En cuanto al peligro en la demora, resulta palmario pues en definitiva una reducción de salario supera el 10% de los haberes que efectivamente percibe, por lo cual importa una incidencia notoria para cualquier trabajador. 
VI. Finalmente, no puedo evitar ponderar que la medida que aquí se dispone tampoco generará un peligro para el GCBA que no pueda ser luego reparado, pues lo cierto es que como el actor es empleado de la Administración, en caso de que la acción fuera luego desestimada lo pagado en más podrá ser descontado de los futuros haberes que perciba.
En tales condiciones, y con la provisionalidad propia que reviste este tipo de pronunciamientos, de acuerdo a lo previsto por los arts. 177, 182 y 189 del CCAyT, 
RESUELVO: 
Hacer lugar a la medida cautelar solicitada. En consecuencia, ordenando al GCBA que por conducto del órgano que corresponda- proceda en forma inmediata (en su caso, por planilla complementaria) a liquidar los haberes del actor de tal manera que la unificación de los rubros "Adicional por Grado" y "Asignación Mensual Primar" en el rubro "Total Básico Mensual" no implique un desmedro en las sumas que percibía hasta mayo de 2013 inclusive. 
Regístrese y notifíquese. Previa caución juratoria que deberá prestar el actor, líbrese oficio al GCBA a fin de notificar la presente junto con el traslado de la demanda dispuesto a fs. 101, punto III (conf. art. 11 Ley 2145). Queda a cargo del peticionante la confección y diligenciamiento del mentado oficio. 

domingo, 8 de septiembre de 2013

Martes 10S

MARTES 10 DE SEPTIEMBRE A LAS 10 HS
JORNADA DE MOVILIZACIÓN Y PROTESTA DE LOS TRABAJADORES DE SALUD DE LA CABA
CESE DE ACTIVIDADES DE 10 A 12 HS EN TODOS LOS HOSPITALES
LOS TRABAJADORES DE LA SALUD INSISTIMOS: LOS RECORTES EN SALUD MATAN
 NO AL VACIAMIENTO DE HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD
● NO A LA REBAJA SALARIAL
● NO A LA DESFINANCIACIÓN DE CARGOS
 NO A LA REDUCCIÓN DE LAS SUPLENCIAS DE GUARDIA
 POR EL RESPETO Y VIGENCIA INTEGRAL DE NUESTRA CARRERA PROFESIONAL
ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES HOSPITAL ALVEAR

lunes, 26 de agosto de 2013

La Salud pública hoy.



En la Ciudad de Buenos Aires, la salud mental pública se encuentra seriamente deteriorada. Esto no es una novedad para nadie, excepto para la gestión actual que no se da por enterada. 

En general, las instituciones deben hacer frente al tratamiento de patologías mentales severas y no cuentan con la infraestructura adecuada, ni con el personal necesario. Una constante. Si bien es un problema de larga data, durante la actual gestión del Gobierno de la Ciudad se ha acentuado. 

Los hospitales Torcuato Alvear, José T. Borda, Tobar García y Braulio Moyano, y los servicios de atención de salud mental de los hospitales polivalentes, adolecen de severas dificultades para cumplir con su tarea. Esto quiere decir que no existen canales de derivación de pacientes acorde a las necesidades y faltan camas de internación.


La Red de Salud Mental está desmembrada -no funciona como tal desde hace mucho tiempo. La Red como concepto administrativo le da flexibilidad a un sistema que suele ser rígido y por demás burocrático  Ideas contra las cuales el PRO combatía  supuestamente. 

Durante el último año, disminuyó el número de camas disponibles, no se crearon dispositivos ambulatorios de tratamientos para pacientes recién externados, ni se dan respuestas de parte de las autoridades ante los reiterados reclamos por esta situación. 

Por estos mal manejos administrativos muchos pacientes se quedan sin la atención necesaria. Las autoridades debieran reconocer que su desidia golpea directamente la salud de la población

Además, como agregado para este delicado escenario, se han desfinanciado cargos de profesionales desde el nivel central. También se redujo la partida presupuestaria para suplencias y se produjo un descuento salarial inédito, por 'error' de la empresa liquidadora de sueldos (Meta 4) del Gobierno de la Ciudad. 

Ante este marco de situación, resulta imposible cumplir con lo establecido por la Ley 448 de la Ciudad y la Ley 26.657 Nacional de Salud Mental, que resguarda derechos de los pacientes y establece como prioridad su atención en condiciones dignas.

Nosotros proponemos la creación de un gran plan de Salud Mental a desarrollarse en una década. Intentamos propender a un acuerdo de todos los sectores involucrados, que contemple el cumplimiento efectivo de las leyes de salud mental y la creación de equipos interdisciplinarios de abordaje terapéutico. 

Seguimos en un camino de propuestas. Seguimos en Camino Popular. 

Un abrazo, 

Gustavo.